viernes, 19 de abril de 2019

Estados Unidos: La nueva doctrina “El Garrote de Monroe” (XXXI). Los imperios pasan. Cuba: una piedra en el zapato del imperialismo yankee. El “embargo”, eufemismo y realidad. Por Orestes Martí

Estados Unidos: La nueva doctrina “El Garrote de Monroe” (XXXI). Los imperios pasan. Cuba: una piedra en el zapato del imperialismo yankee. El “embargo”, eufemismo y realidad.
Por Orestes Martí

 Nuestra amiga y compañera Amparo M Ballester López, quien lleva a cabo una de las más importantes labores en el marco de la Red Social Integrada de Educación, Ciencia y Cultura, dirigiendo el periódico “El cubano libre” (1) y el sitio “Verbiclara” (2), publicó en el año 2015 un pos definiendo el origen de la palabra “eufemismo” (3) del cual copiamos un fragmento: “Usamos esta palabra para referirnos a un rodeo que se hace en el discurso a fin de suavizar o hacer más aceptable algo que resultará desagradable para nuestro interlocutor, como cuando afirmamos que alguien “pasó a mejor vida” en lugar de decir, simplemente, que murió. Los eufemismos se usan también en el lenguaje “políticamente correcto” como forma de evitar ofensas a individuos o grupos, como, por ejemplo, cuando se dice afroamericano para evitar la palabra negro, que para algunos puede resultar ofensiva. En realidad, el eufemismo es un instrumento de manipulación del lenguaje, puesto que lo ofensivo no está en las palabras, que no cambian la realidad, sino en la intención de quien las enuncia. Así, los países pobres siguen siendo igual de pobres cuando se los llama “subdesarrollados”.

Otra compañera, la desaparecida Dra. Olga Miranda Bravo (4), explicó en su libro “Cuba — USA- Nacionalizaciones y Bloqueo”, por qué se trataba de un Bloqueo y no de un embargo; posteriormente, el sitio Cuba vs Bloqueo lo incluyó en una de sus publicaciones y nosotros ofrecemos a continuación un fragmento del mismo (5).

“Las acciones ejercidas contra Cuba por el Gobierno de los Estados Unidos no se enmarcan en la definición de “embargo”. Por el contrario, trascienden éste y tipifican un “bloqueo” al perseguir el aislamiento, la asfixia, la inmovilidad de Cuba, con el avieso propósito de ahogar a su pueblo y llevarlo a claudicar de su decisión de ser soberano e independiente; todo ello constituye precisamente elementos cardinales en el concepto de “bloqueo”, que significa cortar, cerrar, incomunicar con el exterior para lograr la rendición del sitiado por la fuerza o por el hambre.

Desde la Conferencia Naval de Londres, de 1909, es un principio aceptado en el derecho internacional que: “el bloqueo es un acto de guerra”, y siendo así, sólo es posible su empleo entre los beligerantes. No existe, por otra parte, norma del derecho internacional que justifique el llamado “bloqueo pacífico”, el cual fue práctica de las potencias coloniales del siglo XIX y del principio del pasado.

Tan controvertido concepto tampoco tiene tradición en el derecho internacional aceptado por los Estados Unidos de América, pero las autoridades norteamericanas tienen mala memoria y no recuerdan que, en 1916, advirtieron a Francia: “Los Estados Unidos no reconocen a ninguna potencia extranjera el derecho de poner obstáculos al ejercicio de los derechos comerciales de los países no interesados, recurriendo al bloqueo cuando no exista estado de guerra”.

Generalmente, se conoce como “embargo” la forma judicial de retener bienes para asegurar el cumplimiento de una obligación contraída legítimamente. Puede ser también una medida precautoria de carácter patrimonial autorizada por juez o tribunal o autoridad competente, con igual propósito de cumplir por el deudor sus compromisos con sus acreedores. ¿Resulta Cuba deudora de los Estados Unidos? ¿Ha cometido Cuba algún delito que autorice el secuestro y liquidación de sus bienes a favor de los Estados Unidos?. La respuesta es diáfana y contundente: No. Cuba no ha sido ni es una amenaza para la seguridad de los Estados Unidos, por lo cual resulta contrario a la ley internacional la pretensión de aplicarle medidas de legítima defensa, teniendo en cuenta que el derecho internacional no reconoce legítima defensa subjetiva, ni tampoco justifica la legítima defensa esgrimida por la Doctrina Monroe, que realmente lo que postula es una política de agresión.

No obstante la expresión de “embargo”, lo real es que este conjunto de medidas de coacción y agresión económica, constituyen un bloqueo ilegal por parte de los Estados Unidos contra Cuba y no puede esconderse esa criminal conducta y proceder contra la isla en figuras jurídicas que no la tipifican. El Gobierno de los Estados Unidos emplea la figura del “embargo” para no reconocer que aplica a Cuba medidas de tiempo de guerra, de una guerra no declarada contra el pueblo de Cuba. El bloqueo a Cuba entraña una conducta genocida por parte del Gobierno de los Estados Unidos, ejercida para someter intencionalmente al pueblo cubano a condiciones de existencia que le pueden acarrear daños físicos, totales o parciales, para debilitar su decisión de luchar y vencer.

Si bien formalmente el bloqueo total contra Cuba se implanta por parte de los Estados Unidos el 7 de febrero de 1962, ya desde 1959 ese país venía aplicando políticas de bloqueo contra Cuba, dirigidas esencialmente a socavar puntos vitales de la defensa y la economía cubanas, tales como la supresión de la cuota azucarera, principal y casi el único soporte de la economía y finanzas de la isla, y el no suministro y refinación de petróleo por parte de las empresas petroleras norteamericanas que monopolizaban la actividad energética; paralizar al país, ese era el propósito que no lograron, así como también un solapado boicot a cualquier compra de piezas de repuesto para la industria cubana, toda ella de factura norteamericana.

Pero siendo infructuoso el bloqueo parcial para doblegar al pueblo de Cuba, el entonces Presidente de los Estados Unidos, J. F. Kennedy, cumpliendo el mandato que le había encomendado el Congreso de los Estados Unidos, mediante la Sección 620a de la Ley de Ayuda Extranjera, de septiembre de 1961, declara el bloqueo total contra Cuba a partir de las 12.01 AM del 7 de febrero de 1962.

Es evidentemente antagónico el propósito manifiesto del bloqueo y el derecho humano del pueblo de Cuba de ejercer su libre determinación, derecho consagrado, además de en la Carta de las Naciones Unidas, en la Declaración de los Derechos Humanos y los artículos 1 de los Pactos Internacionales de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y de Derechos Civiles y Políticos. ¿Quién viola entonces los derechos humanos del pueblo de Cuba?”


Por otra parte, el ya mencionado sitio Cuba vs Bloqueo, en su momento publicó el último informe de Cuba -el pasado año 2018 (6)- sobre el ilegal bloqueo norteamericano al país y sus efectos “extraterritoriales”, del cual queremos subrayar los fragmentos siguientes:

El bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por el gobierno de los Estados Unidos de América contra Cuba por casi seis décadas, es el sistema de sanciones unilaterales más injusto, severo y prolongado que se ha aplicado contra país alguno.….

El gobierno de los Estados Unidos (EE.UU.) impuso un serio retroceso a las relaciones bilaterales con Cuba a partir de la firma por el presidente Donald Trump del “Memorando Presidencial de Seguridad Nacional sobre el Fortalecimiento de la Política de EE.UU. hacia Cuba”, el 16 de junio de 2017, que refrendó entre sus objetivos el endurecimiento del bloqueo contra la Isla. En noviembre de ese mismo año, los Departamentos de Comercio, Tesoro y Estado de ese país emitieron nuevas regulaciones y disposiciones para dar cumplimiento al referido Memorando.

Las medidas aplicadas restringieron aún más el derecho de los estadounidenses a viajar a nuestro país e impusieron trabas adicionales a las limitadas oportunidades del sector empresarial de los Estados Unidos en Cuba, al establecer una lista de 179 entidades cubanas con las que las instituciones y personas naturales o jurídicas estadounidenses tienen prohibido realizar transacciones.
Las nuevas sanciones contra Cuba han provocado una disminución sensible en las visitas provenientes de los EE.UU. y han generado mayores obstáculos a las relaciones económicas y comerciales de empresas cubanas con potenciales socios estadounidenses y de terceros países. Estas medidas no solo afectan a la economía estatal cubana, sino también al sector no estatal del país.
El fortalecimiento de la aplicación extraterritorial del bloqueo ha sido otra de las manifestaciones distintivas del endurecimiento de esta política, con marcada incidencia en las relaciones financieras y crediticias internacionales de Cuba.
En los últimos meses, se ha intensificado la persecución permanente a las transacciones financieras cubanas y a las operaciones bancarias y crediticias con Cuba a escala global.
Esto ha causado graves daños a la economía del país, en particular, a las actividades comerciales de las empresas y los bancos nacionales en sus vínculos con la banca internacional.
El recrudecimiento del bloqueo a Cuba ha estado acompañado de una retórica agresiva, amenazante, irrespetuosa y de condicionamientos desde los más altos niveles del gobierno estadounidense, lo que genera mayor desconfianza e incertidumbre en las instituciones financieras, empresas y proveedores estadounidenses debido al temor real de ser penalizados por relacionarse con Cuba.
El bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por los Estados Unidos contra Cuba constituye el principal obstáculo para el desarrollo de todas las potencialidades de la economía cubana. Representa un freno para la implementación tanto del Plan Nacional de Desarrollo Económico y Social del país, como de la Agenda 2030 y sus Objetivos de Desarrollo Sostenible. Es el principal escollo para el desarrollo de las relaciones económicas, comerciales y financieras de Cuba con los Estados Unidos y, por su carácter extraterritorial, con el resto del mundo.
Los daños acumulados por el bloqueo durante casi seis décadas de aplicación alcanzan la cifra de 933 mil 678 millones de dólares tomando en cuenta la depreciación del dólar frente al valor del oro en el mercado internacional. A precios corrientes, el bloqueo ha provocado perjuicios cuantificables por más de 134 mil 499 millones 800 mil dólares….
El bloqueo constituye una violación masiva, flagrante y sistemática de los derechos humanos de todo el pueblo cubano y califica como acto de genocidio, a tenor de la Convención para la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio de 1948. Es violatorio de la Carta de las Naciones Unidas y el Derecho Internacional, y constituye un obstáculo para la cooperación internacional.
Se impone que los Estados Unidos cumplan con las 26 resoluciones adoptadas por la comunidad internacional en el marco de la Asamblea General de las Naciones Unidas y pongan fin, sin condicionamiento alguno, a su política de bloqueo”…….


Con los datos aportados, toca decidir al lector si se trata de un “embargo” o de un “bloqueo”… o tal vez sea solo parte de una “Guerra de guerras” (en los campos, económico, comercial, financiero, cultural, comunicacional …. y probablemente ya estén pensando -y actuando- en el militar)

NOTAS:
(1) El Cubano Libre
Esta publicación forma parte del Sistema HERMES Internacional. Directora Amparo M Ballester López
https://paper.li/domroberto/1378378553#/

(2) Verbiclara
Blog sobre poesía, historia, lengua española, y otros temas de Santa Clara, Villa Clara y Cuba.
https://verbiclara.wordpress.com/

(3) Origen de la palabra Eufemismo
Verbiclara, 20 febrero, 2015
https://verbiclara.wordpress.com/2015/02/20/origen-de-la-palabra-eufemismo/

(4) Olga Miranda Bravo
https://www.ecured.cu/Olga_Miranda_Bravo

(5) ¿Por qué Bloqueo y no embargo?
Publicado en el sitio Cuba vs Bloqueo con párrafos tomados del Libro Cuba — USA- Nacionalizaciones y Bloqueo de la Dra. Olga Miranda Bravo, Editorial de Ciencias Sociales, La Habana, 1996,
http://www.cubavsbloqueo.cu/es/genesis/por-que-bloqueo-y-no-embargo-0

(6) Informe Cuba vs Bloqueo
Junio de 2018
http://www.cubavsbloqueo.cu/sites/default/files/InformeBloqueo2018/informe_cubavsbloqueo2018interactivo.pdf
Un día como hoy 19 de abril
Acontecimientos
Históricos.
1877: El escritor y patriota José Martí, a petición del gobernador de Guatemala, escribe la obra teatral Patria y libertad (drama indio).
1898: El Gobierno estadounidense envía un ultimátum al rey de España para que en 48 horas abandone la isla de Cuba.
1899: En La Habana, el Gobierno estadounidense prohíbe la celebración de peleas de gallos en Cuba.
1930: En Cuba el escritor español Federico García Lorca recorre la villa de Santiago de las Vegas. Nueve años después, la dictadura franquista lo asesinará por homosexual.
1953: Llega a La Habana el investigador británico Alexander Flemming.
1955: En La Habana, el líder estudiantil José Antonio Echevarría obtiene un segundo mandato al frente de la FEU (Federación de Estudiantes Universitarios).
1961: Tras tres días de luchas, el ejército cubano vence a los mercenarios armados y sostenidos por el Gobierno de John Fitzgerald Kennedy: victoria de Playa Girón.
1963: En La Habana se crea el Instituto de Documentación e Información Científica y Técnica (IDICT).
1970: En La Habana se crea el Centro de Estudios de Ingeniería en Sistemas (CEIS).
1976: En Matanzas (Cuba) se inaugura el Museo Municipal de Playa Girón.
1980: En La Habana se realiza la primera Marcha del pueblo combatiente, por la 5.ª Avenida.
2002: Fundación del Comité de Normas Cubanas de Contabilidad.
2011: En La Habana (Cuba), Fidel Castro renuncia como primer secretario del Partido Comunista de Cuba. Su hermano Raúl Castro es elegido como su remplazante.
Nacimientos
1952: Tony Plana, actor y director cubano-estadounidense.
Fallecimientos1961: Ccombatientes cubanos caídos  en combate en Playa Girón.
Adalberto Gómez Núñez, Efraín Israel Espinosa Pérez, Eusebio Cañer Enríquez; Eusebio Rafael Izquierdo Ramírez; Heriberto Cortés, José Miguel Bañuls Perera; Juan Dioscórides Prieto Delgado; Julián Raymundo Sánchez Gómez; Luis Artemio Carbó Ricardo; Pedro Antonio Quintana López; Rafael Ángel Carini Milián; Rodolfo Fernández Álvarez; Roberto Rodríguez Sarmiento; Sofiel Riverón López; Tomás Palmero Vizcaíno; Wilfredo Betancourt Arias; Wilfredo Gonce Cabrera
1965: Miguel Ángel González Prendes, leprólogo cubano (n. 1910).
2013: Alfredo Guevara, intelectual cubano, fundador del ICAIC.

de 1959
de 1961
de 1962
de 1963
de 1964
de 1965
de 1966
de 1967

de 1968
de 1970
de 1971
de 1976
de 1981
de 1982
de 1986
de 1989
de 1991

de 2001
de 2004
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